–	Carecer de antecedentes penales en España y en el país en el que se ha residido anteriormente
–	No tener prohibida la entrada en España
–	No encontrarse dentro del plazo de compromiso de retorno
–	Haber permanecido en España durante un periodo continuado de dos años
–	Tener un contrato u oferta de trabajo que te garantice un puesto de trabajo a partir de la concesión de la tarjeta de residencia con duración no inferior a seis meses
–	Que la empresa que realiza la oferta u contrato de trabajo no tenga deudas