RECLAMACIÓN DE SALARIOS

 

Antes, durante la crisis y ahora, nos encontramos con empresas que no pueden hacer frente a los gastos que le genera el personal contratado.

Ante esta situación de IMPAGO DE SALARIOS o de algunos conceptos de la nómina, el trabajador cuenta con el plazo de prescripción de 1 año para reclamárselo a la empresa.

En primer lugar, lo habitual es que el trabajador acuda a la dirección reclamando esos conceptos o atrasos. Si bien, si la empresa continua sin hacer frente al pago atrasado, el trabajador (él mismo) puede dirigirse al departamento de trabajo y solicitar una conciliación, a fin de que ésta pague o alegue lo que a su derecho convenga sobre el  motivo del impago. Este acto paraliza el plazo de prescripción.

Si llegada la conciliación laboral la empresa no pagase al trabajador, entonces éste deberá interponer demanda ante el Juzgado de lo Social reclamando las cantidades impagadas.

Por ello, es importante acudir a profesionales en la materia a fin de asesorarse y saber qué pasos hay que dar en cada momento cuando nos encontramos en esta situación de impago de salarios.

AC ADVOCATS I MEDIADORS cuenta con profesionales en derecho  laboral que te asesorarán y guiarán en todo momento si la empresa no te abona lo que te debe.

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