EL ACOSO ESCOLAR O BULLYNG

Por desgracia el acoso escolar es un tema de actualidad que bastante a menudo oímos hablar en los medios de comunicación.

Este tipo de ACOSO se da ENTRE MENORES y se caracteriza por ser un maltrato físico, verbal o psicológico que se produce de manera reiterda a lo largo del tiempo.

Los ELEMENTOS caracterísiticos de este tipo de acoso se suelen identificar con un desequilibrio de poder del acosador frente al acosado; una intencionalidad y una reiteración en el tiempo.

A nivel social resulta difícil desemascarar este tipo de acoso y diferenciarlo de una simple chiquillería. Es por lo que, en algunas ocasiones el resultado final acaba siendo demasiado trágico.

Frente a esta situación, el MARCO LEGAL ante el que nos encontramos abarca desde la Convenión de Derechos del Niño, la Constitución Española a la Ley Orgánica de Educación (la que contempla un Plan de Convivencia que deben incluir todos los centros). Aquí es donde se deben sentar las bases para regular y evitar estas situaciones que tan lamentablemente suceden hoy en día entre nuestros menores.

En nuestro ordenamiento, cuando nos encontramos ante tal situación, debemos analizar en primer lugar cuál es la edad del menor acosador, pues en función de ésto las consecuencias legales serán unas u otras. Así, si nos encontramos ante menores de 14 años el marco legal no establece la posibilidad de imponerle una pena, si bien se podrán preveer otras medidas educativas a adoptar frente al mismo. Ahora bien si el menor acosador tiene entre 14 y 18 años nuestro ordenamiento dispone de la Ley 5/2000, que regula de respinablidad penal de los menores. Por lo que, bajo un procedimiento especial, atendiendo a la condición de menor, éste será procesado por los hechos denunciados. Sin olvidar la responsabilidad civil por los daños causados y de la que deberán responder los padres del menor acosador e incluso el centro en según qué circusntancias.

Si bien, la SOLUCIÓN a esta grave situación no se basa en la existencia de un proceso especial de enjuiciamiento de estos menores acosadores, sino en la EDUCACIÓN que nuestra sociedad da a estos menores; empezando por la familia, siguiendo por la escuela y terminando por la sociedad en que estos menores crecen, se forman y desarrollan.

La CONCLUSIÓN de todo ello es que al final TODOS SOMOS RESPONSABLES en cierta medida, como pare de la sociedad a la que pertenecemos, de la existnecia de este menores acosadores. Es por ello, que debemos tomar cartas en el asunto para erradicar este problema que a todos nos afecta.

En este sentido, llegado al punto de diagnosticar la existencia de un problema de este tipo entre menores, la MEDAICIÓN ESCOLAR se está abriendo un importante camino a fin de ser un método muy efectivo de resolución de conflictos. Dando a las partes implicadas una serie de herramientas muy útiles que ellas mismas puedan usar para resolver por ellas mismas sus desavenencias.

¿QUÉ DEBO HACER EN CASO DE ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN SI SOY LA VÍCTIMA?

Como especialistas en Accidentes de Circulación a continuación te daremos unas recomendaciones sobre cómo proceder si eres la víctima de un accidente de circulación.

1- Si tu vehículo ha sufrido daños.

En primer lugar debes tener en cuenta que es importante realizar el PARTE AMISTOSO DE ACCIDENTE que tendrás adjunto a tu póliza de seguro. En él debe quedar reflejada la mecánica del accidente y la responsabilidad del otro vehículo.
Debes anotar correctamente todos los datos, en especial los personales del conductor del vehículo contrario (matrícula y modelo del vehículo) y marcar de forma exacta los daños de los vehículos.

Si es posible, TOMA FOTOGRAFÍAS de la posición final de los vehículos, de los daños de los mismos y si hubiere alguna señal de “ceda el paso” o “stop” que el contrario no haya respetado.

En el caso de que EL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO CONTRARIO NO ASUMA SU CULPA y no quiera realizar el parte amistoso de accidente además de realizar las fotografías deberás LLAMAR A LA POLICIA para se personen y realicen el correspondiente atestado. Ellos se encargaran de recogeros los datos y analizar la causa del accidente.

Si en algún momento observas que el conductor del vehículo contrario se muestra nervioso, ANOTA EL MODELO Y LA MATRÍCULA DE SU VEHÍCULO por si se diera a la fuga. En este caso, será lo único que tendrás para reclamarle.

El parte amistoso o en su caso el atestado de la Policía será el punto de partida de la reclamación de los daños materiales de tu vehículo.

Una vez en casa, debes pasar parte a tu compañía de seguros para que inicien la reclamación.

2- Si además de daños materiales, has sufrido lesiones.

Si como consecuencia del accidente has sufrido lesiones y éstas NO TE IMPIDEN seguir con tu trayectoria, debes tener en cuenta que es recomendable que ACUDAS AL MÉDICO dentro de las siguientes 24h. El informe de urgencias será el punto de partida de la reclamación de las lesiones.

Si por el contrario, las lesiones SI TE IMPIDEN seguir conduciendo, deberás llamar a la POLICIA y explicarles lo sucedido. Ellos se encargaran de llamar a la Ambulancia y ambos se personaran en el lugar del accidente. En este caso, no te preocupes, LA POLICIA CONFECCIONARÁ EL ATESTADO en el que se recogerá vuestros datos personales y la mecánica del accidente.
En el mismo sentido, si observas nerviosismo en el conductor del vehículo contrario, si puedes hacerlo, anota modelo y matrícula del vehículo.

Una vez en casa, deberás pasar parte a la compañía con el parte amistoso y el informe de urgencias.

Si necesitas asesoramiento no dudes en contactar con AC ADVOCATS I MEDIADORS y nuestros profesionales en accidentes de tráfico te asesorarán sobre todas tus dudas y gestionarán tu accidente para que no te tengas que preocupar de nada.

Tel. 972094320

Mail: ac@acadvocatsimediadors.es