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PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA PARA AUTÓNOMOS CUYA ACTIVIDAD SE HA VISTO AFECTADA POR EL COVID-19

Desde que el Gobierno estableció el ESTADO DE ALARMA nuestro despacho está recibiendo multitud de consultas de autónomos y Pymes sobre como gestionar su actividad al haberse visto afectada por el COVID-19.

En este sentido y entendiendo que en esta situación excepcional en la que nos encontramos todos necesitamos respuestas,  a continuación os explicamos en qué consiste LA PRESTACIÓN QUE EL GOBIERNO A PUESTO A DISPOSICIÓN DE AQUELLOS AUTÓNOMOS QUE HAN VISTO AFECTADA SU ACTIVIDAD POR EL COVID-19.

REGULACIÓN

Las medidas económicas, tanto a trabajadores como a autónomos vienen reguladas en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

SUPUESTOS EN LOS QUE DEBE ENCONTRARSE EL AUTÓNOMO

a) que el autónomo desarrolle una de aquellas actividades suspendidas por el Gobierno o bien,

b) que el autónomo haya visto reducida su facturación en un 75% en relación al promedio del semestre anterior.

REQUISITOS

a) estar afiliado a la seguridad social en el momento en que se haya declarado el estado de alarma,

b) si su actividad no se ha visto suspendida, poder acreditar que su facturación se ha visto reducida en un 75% respecto al semestre anterior y,

c) hallarse al corriente de pago en el momento en que se procede a la suspensión de la actividad o la reducción de la facturación.

¿CÓMO SE SOLICITA?

El autónomo que se encuentre en una de los dos supuestos mencionados  y que cumpla con los requisitos establecidos, tendrá que contactar con la mutua que le corresponda para tramitar la prestación.

¿CUAL ES EL IMPORTE?

Dice el RD que la cuantía de la prestación corresponderá al 70% de la base reguladora.

Hay que tener en cuenta además que dicha percepción será incompatible con cualquier otra prestación del sistema de Seguridad Social.

Si necesitas más información o prefieres que tramitemos tu solicitud, contacta con nosotros. Seguimos al pie del cañón en el email ac@acadvocatsimediadors.es o en el teléfono 972 09 43 20.